NORMAS REGULADORAS DE LAS PRÁCTICAS EN EMPRESAS
- Las empresas deben firmar un Acuerdo de Colaboración
con Nazaret zentroa.
- La empresa debe nombrar a un Instructor
y la Escuela un Tutor; ambos deberán
concretar el Programa de Actividades
a realizar por el alumnado y ambas entidades quedan
comprometidas a llevarlo a cabo, una vez acordado.
- No existe relación laboral alguna
entre la empresa y el alumno; ni la empresa está
obligada a abonar retribución
alguna.
-
Los alumnos en prácticas se encuentran asegurados
por el Seguro Escolar y un Seguro
Complementario suscrito por la Administración.
-
La FCT se desarrollará en días
laborables, de lunes a viernes,
con una jornada semanal mínima de 25
horas y máxima de 35 horas.
- Se considerarán días inhábiles,
a efectos laborables, los días fijados en el
Calendario Oficial de Fiestas Laborales de la Comunidad
Autónoma de Euskadi.
- Un máximo del 10% de las horas
podrán emplearse en reuniones con el
tutor o el instructor de la empresa.
- Las empresas velarán por el cumplimiento de la
legislación aplicable en materia de Seguridad
e Higiene en el Trabajo.